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LA DESCENTRALIZACION EDUCATIVA

 

LA DESCENTRALIZACIÓN EDUCATIVA, Y LAS DIFERENTES POSIBILIDADES DE EDUCAR, ESPECIAL REFERECIA AL HOMESCHOOLING 


    


              Lo primero es definir Descentralización Educativa: Proceso que consiste en el reparto de poder en cuestiones educativas, teniendo claro que no es la mera delegación de competencias, sino en traspasar la competencia a otra Entidad

              En España esta descentralización comenzó en 1978 con la Constitución Española , en ella se reconoce el derecho a la educación en el art 27 y en el 149.3 permite asumir a las Comunidades Autónoma competencias en materia de educación ya que no se trata de una materia de competencia exclusiva del estado, por ello las comunidades autónomas asumieron competencias en materia de educación en sus Estatutos de Autonomía; sin embargo se debe respetar unos mínimos regulados por el estado recogidos en la LOECE de 1980 y la LODE de 1985, que son los siguientes:

-          La ordenación general del sistema educativo.

-                Fijación de enseñanzas mínimas y regulación de demás condiciones para la obtención, homologación y expedición de títulos académicos y profesionales básicos

-         La alta inspección y facultades que garanticen el cumplimiento de las obligaciones de los poderes públicos.

-               La programación general de la enseñanza en cumplimiento del derecho a la educación

Actualmente existe un único sistema educativo pero con 17 modelos educativos correspondientes a las distintas comunidades autónomas.

Podemos hablar de una DESCENTRALIZACION EDUCATIVA que se ha plasmado tras la LOGSE en una Descentralización curricular “Las Administraciones educativas competentes establecerán el currículo de los distintos niveles, etapas, ciclos, grados y modalidades del sistema educativo, del que formarán parte, en todo caso, las enseñanzas mínimas”.

La LOCE da un paso más y añade que las Administraciones educativas competentes deberán “incluir las enseñanzas comunes en sus propios términos”, esto dio lugar a problemas ya que los currículos aprobados por las CCAA no delimitaban cuales eran los contenidos básicos.

La LOE también dejo una amplia libertad a las comunidades lo cual difuminó el concepto de que era lo básico o lo añadido por cada comunidad.

La Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la Mejora de la Calidad Educativa, la LOMCE, cambió el proceso de descentralización, cambiando la manera de distribuir competencias entre las CCAA y el Estado, ha dividido las asignaturas de primaria, secundaria y bachillerato en 3 tipos de materias: troncales, específicas y de libre configuración; las primeras fijadas por el estado y las otras dos por las CCAA; establece pruebas homologadas centradas en las competencias básicas y vuelca sus esfuerzos en la obtención de buenos resultados.

Independientemente de que las reformas hayan sido mas o menos descentralizadoras el fin último es garantizar a todos su DERECHO A LA EDUCACIÓN de la manera más equitativa posible.

DIFERENTES FORMAS DE EDUCAR. ESPECIAL REFERENCIA AL HOMESHOOLING

Unido a esa descentralización y la mayor libertad en la educación, han surgido OTRAS FORMAS DE EDUCAR, me gustaría compartir un artículo interesante

PINCHA AQUÍ HOMESCHOOLING, UNSCHOOLING Y PEDAGOGÍAS ALTERNATIVAS

Todas las formas de educar son respetables y todas ellas tienen sus pros y contras, pero es difícil garantizar una homogeneidad, lo cual puede originar una falta de garantía de que se esté educando correctamente por un lado y otra es la desigualdad en el acceso, ya que no todos tienen los medios para aplicar estas alternativas, contribuyendo a que haya aún más desigualdades; si se generalizaran estos métodos o se extendieran, dependiendo de los medios o recursos de las familias y entornos…¿aquellos con más medios contarían con mayores posibilidades de éxito? ¿ o se regularía de alguna manera para poder garantizar esa igualdad?



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