LA
DESCENTRALIZACIÓN EDUCATIVA, Y LAS DIFERENTES POSIBILIDADES DE EDUCAR, ESPECIAL
REFERECIA AL HOMESCHOOLING
Lo
primero es definir Descentralización
Educativa: Proceso que consiste en el reparto de poder en cuestiones
educativas, teniendo claro que no es la mera delegación de competencias, sino
en traspasar la competencia a otra Entidad
En
España esta descentralización comenzó en 1978 con la Constitución Española , en
ella se reconoce el derecho a la educación en el art 27 y en el 149.3 permite
asumir a las Comunidades Autónoma competencias en materia de educación ya que
no se trata de una materia de competencia exclusiva del estado, por ello las
comunidades autónomas asumieron competencias en materia de educación en sus
Estatutos de Autonomía; sin embargo se debe respetar unos mínimos regulados por
el estado recogidos en la LOECE de 1980 y la LODE de 1985, que son los
siguientes:
-
La ordenación general del sistema educativo.
- Fijación de enseñanzas mínimas y regulación de
demás condiciones para la obtención, homologación y expedición de títulos
académicos y profesionales básicos
-
La alta inspección y facultades que garanticen
el cumplimiento de las obligaciones de los poderes públicos.
- La programación general de la enseñanza en
cumplimiento del derecho a la educación
Actualmente
existe un único sistema educativo pero con 17 modelos educativos
correspondientes a las distintas comunidades autónomas.
Podemos hablar
de una DESCENTRALIZACION EDUCATIVA que se ha plasmado tras la LOGSE en una
Descentralización curricular “Las Administraciones educativas competentes
establecerán el currículo de los distintos niveles, etapas, ciclos, grados y
modalidades del sistema educativo, del que formarán parte, en todo caso, las
enseñanzas mínimas”.
La LOCE da un
paso más y añade que las Administraciones educativas competentes deberán
“incluir las enseñanzas comunes en sus propios términos”, esto dio lugar a problemas
ya que los currículos aprobados por las CCAA no delimitaban cuales eran los
contenidos básicos.
La LOE también
dejo una amplia libertad a las comunidades lo cual difuminó el concepto de que
era lo básico o lo añadido por cada comunidad.
La Ley
Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la Mejora de la Calidad Educativa, la LOMCE,
cambió el proceso de descentralización, cambiando la manera de distribuir
competencias entre las CCAA y el Estado, ha dividido las asignaturas de primaria,
secundaria y bachillerato en 3 tipos de materias: troncales, específicas y de
libre configuración; las primeras fijadas por el estado y las otras dos por las
CCAA; establece pruebas homologadas centradas en las competencias básicas y
vuelca sus esfuerzos en la obtención de buenos resultados.
Independientemente
de que las reformas hayan sido mas o menos descentralizadoras el fin último es garantizar
a todos su DERECHO A LA EDUCACIÓN de la manera más equitativa posible.
DIFERENTES FORMAS DE EDUCAR. ESPECIAL
REFERENCIA AL HOMESHOOLING
Unido a esa descentralización
y la mayor libertad en la educación, han surgido OTRAS FORMAS DE EDUCAR, me
gustaría compartir un artículo interesante
PINCHA AQUÍ HOMESCHOOLING, UNSCHOOLING Y PEDAGOGÍAS ALTERNATIVAS
Todas las formas
de educar son respetables y todas ellas tienen sus pros y contras, pero es difícil
garantizar una homogeneidad, lo cual puede originar una falta de garantía de
que se esté educando correctamente por un lado y otra es la desigualdad en el
acceso, ya que no todos tienen los medios para aplicar estas alternativas,
contribuyendo a que haya aún más desigualdades; si se generalizaran estos métodos
o se extendieran, dependiendo de los medios o recursos de las familias y entornos…¿aquellos con más medios contarían con mayores
posibilidades de éxito? ¿ o se regularía de alguna manera para poder garantizar
esa igualdad?
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